Director

 

Director Área Metropolitana de Cúcuta

Director de entidad Área  Metropolitana de Cúcuta - Juan Carlos Soto Cote
Juan Carlos Soto Cote

PERFIL PROFESIONAL: Abogado egresado de la Universidad Católica de Colombia.

 

Experiencia en el sector público y privado. Ha sincronizado su actividad profesional con una permanente curiosidad intelectual, adelantando estudios, seminarios y diplomados en Desarrollo de la Gerencia Integral de la Universidad EAFIT y Gerencia de las Instituciones Financieras.

Desde el 2016 fue abogado del despacho del director de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental (CORPONOR) asesorando a dicho despacho y sus dependencias en los trámites administrativos y jurídicos relacionados con los permisos y autorizaciones de las licencias ambientales. Así mismo, desde el 2011 hasta el 2014 fue Gerente Departamental del Instituto de Seguros Sociales, seccional Norte de Santander, hoy Colpensiones. Ejerció este cargo en un momento crucial para la Seguridad Social en Colombia pues era la transformación del ISS a entidades como Colpensiones, Positiva y la Nueva Eps.

Entre el 2008 y el 2011 fue asesor de la Secretaría de Fronteras y Cooperación Internacional de la Gobernación de Norte de Santander, área transversal donde conoció los desafíos de gobernanza y de progreso del departamento. Dentro del ecosistema de trabajo público, también, ejerció como Secretario General de la Tesorería Municipal. Y en la Rama Judicial ha fungido como Juez Noveno de Instrucción Criminal de Cúcuta y Juez Promiscuo de San Cayetano.

En el sector financiero ha ocupado importantes roles departamentales como Gerente del Banco Cooperativo de Colombia, subgerente del Banco Industrial Colombiano, asesor jurídico de Granahorrar y abogado externo del Instituto de crédito territorial.

Su experiencia en el sector público y en la Banca, ha estado siempre orientada por un conocimiento riguroso de la función pública y el desarrollo ético de sus instituciones. Es por eso, que el señor alcalde Jorge Acevedo, lo ha designado para dirigir el Área Metropolitana de Cúcuta, entidad trasversal en el desarrollo y la planeación estratégica de sus municipios socios. Soto Cote aspira fortalecer de la mano de su experiencia cada área de la entidad en pro de los intereses de los metropolitanos y el desarrollo de los municipios núcleos que la conforman.

 

PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecución de labores de dirección, formulación de políticas institucionales y adopción de planes, programas y normas a fin de garantizar el cumplimiento de la misión y visión institucional, de acuerdo con las normas, atribuciones funciones de esta.

 

FUNCIONES

  • Reglamentar los acuerdos metropolitanos cuando se faculte para ello.
  • Presentar a la Junta Metropolitana los proyectos de acuerdo con su competencia para el normal desarrollo de la gestión metropolitana, así como los demás acuerdos que considere necesarios en el marco de las competencias y atribuciones fijadas en la ley.
  • Velar por la ejecución del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano y por formulación y aplicación de indicadores que permitan el proceso de seguimiento y ajuste del mismo.
  • Solicitar a la Junta Metropolitana la modificación de la planta de personal del Área Metropolitana e implementarla.
  • Vincular y remover el personal del Área Metropolitana.
  • Dirigir la acción administrativa del Área Metropolitana, con sujeción a la Constitución Política, la ley, los Acuerdos y Decretos Metropolitanos.
  • Celebrar los contratos necesarios para la administración de los servicios, la ejecución de las obras metropolitanas, y en general, para el buen desempeño y cumplimiento de las funciones propias de la Entidad, de acuerdo con las autorizaciones, límites y cuantías que al respecto le fije la Junta Metropolitana.
  • Establecer los manuales administrativos de procedimiento interno y los controles necesarios para el buen funcionamiento de la entidad.
  • Presentar los proyectos de acuerdo relativos al Plan Integral de Desarrollo Metropolitano, al Plan de Inversiones y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos. El proyecto de presupuesto habrá de ser sometido al estudio de la Junta Metropolitana antes del 1 0 de noviembre de cada año.
  • Convocar a la Junta Metropolitana a sesiones ordinarias y ejercer las funciones de Secretario de ella, en la que actuará con voz, pero sin voto.
  • Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio del Área Metropolitana.
  • Presentar a la Junta Metropolitana y a los Concejos Municipales, los informes que le sean solicitados sobre la ejecución de los planes y programas del Área Metropolitana, así como de la situación financiera, de acuerdo con los estatutos.
  • Constituir mandatarios o apoderados que representen al Área Metropolitana en asuntos judiciales o litigiosos.
  • Expedir los actos administrativos correspondientes para asegurar el funcionamiento de los Sistemas de Gestión de Tránsito y Transporte (SI T), de acuerdo con el marco normativo establecido por el Gobierno Nacional.
  • Conocer y decidir, cuando resulten procedentes, de los recursos de apelación presentados contra los actos administrativos expedidos por los Subdirectores y jefes de oficina de la entidad.
  • Conocer de la segunda instancia de los procesos disciplinarios adelantados contra los servidores y ex servidores de la entidad, de conformidad con las disposiciones consagradas en la Ley 1952 de 2019, o en las disposiciones que la modifiquen o complementen.
  • Decidir sobre las habilitaciones a las empresas de servicios públicos de transporte terrestre automotor metropolitano.
  • Modificar, licitar, adjudicar negar y revocar los servicios de transporte en rutas, frecuencias y horarios.
  • Asignar, modificar, reestructurar o revocar permisos de prestación de rutas y horarios que deban ser cubiertas por las empresas de servicios públicos de transporte terrestre automotor metropolitano.
  • Decidir los procesos sancionatorios por infracciones a las disposiciones de transporte que sean competencia de la entidad de conformidad con las disposiciones que regulen la materia.
  • Fijar, modificar y Certificar la capacidad transportadora de las empresas de servicios públicos de transporte terrestre automotor.
  • Decidir sobre las solicitudes de cambio de empresa, vinculaciones y desvinculaciones.
  • Aprobar las tarjetas de operación para los vehículos de servicios públicos de transporte terrestre metropolitano, así como los permisos es especiales transitorios.
  • Dirigir las acciones del observatorio metropolitano y de su centro de pensamiento de conformidad con los lineamientos, funciones y competencia señalados en el Acuerdo Metropolitano No. 006 de 2021, o en las normas que lo modifiquen o complementen.
  • Las demás que se le asignen y que corresponda a la naturaleza del empleo.
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