CARTA DE TRATO DIGNO AL USUARIO
Apreciados ciudadanos (as) y usuarios (as):
Les extendemos un especial saludo
Para nuestra entidad, la transparencia, el respeto y la honestidad son lo más importante; por ello conformamos un equipo de trabajo competente, confiable y dispuesto a cumplir con sus tareas institucionales.
En cumplimiento de lo establecido por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, nos comprometemos a brindarles un trato equitativo, respetuoso, considerado, diligente y sin distinción alguna, garantizando sus derechos a:
1. Presentar Derechos de Petición en cualquiera de sus modalidades: verbales, escritas o por cualquier otro medio; a conocer el estado del trámite de los Derechos de Petición presentados, así como a obtener respuesta oportuna y eficaz en los plazos establecidos para el efecto.
2. Obtener información y orientación sobre los requisitos del Derecho de Petición que establezcan las disposiciones vigentes.
3. Conocer la información que repose en los registros y archivos del AMC y a solicitar y recibir copias, salvo en aquellos casos en que el (los) documento (s) tengan reserva legal.
4. Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad de la persona, y a exigir de los funcionarios y/o colaboradores del AMC, el cumplimiento de sus responsabilidades.
5. Recibir atención especial y preferente como personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores, y en general a personas en estado de indefensión o debilidad manifiesta, conforme lo determina el Artículo 13 de la Constitución Política de Para tal efecto, los funcionarios y colaboradores del Área Metropolitana de Cúcuta, atenderán a dichos usuarios de forma prioritaria.
6. Aportar documentos y otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa en la que esté interesado (a); a que dichos documentos sean valorados y tenidos en cuenta por las autoridades al momento de decidir y a que le informen el resultado de su participación en el proceso correspondiente.
7. Conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ustedes en bases de datos o archivos, y demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el Artículo 15 de la Constitución Política de Colombia.
Así mismo es importante divulgar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la Ley 1437 de 2011, los deberes de las personas:
- Obrar conforme al Principio de Buena Fe, sin utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones y efectuar o aportar, a sabiendas, tanto declaraciones o documentos falsos como hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
- Ejercer con responsabilidad sus derechos, y abstenerse de reiterar solicitudes improcedentes para evitar que las nuevas solicitudes radicadas se conviertan en reiteraciones permanentes que afecten los tiempos de los trámites y la agilidad en su respuesta.
- Mantener un trato respetuoso con los funcionarios y/o colaboradores del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - DAPRE.
- Acatar la Constitución y las leyes.
Medios de interacción y comunicación del AREA METROPOLITANA DE CUCUTA con la ciudadanía:
- Radicación física de documentos y atención presencial: Centro Comercial Bolívar L-22 de 8:00 a.m. a 4:00 m., horario extendido.
- Línea telefónica: 6075956168
- Correo electrónico: ventanillaunica@amc.gov.co.
Fecha de publicación 28 abril, 2022
Última modificación 2 mayo, 2022