Comunicado Asoempresas

En atención a la publicación realizada el día de viernes 14 de agosto de 2020. por el DIARIO LA OPINIÓN. la cual se titula PIDEN SUSPENSIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR DEL ÁREA METROPOLITANA DE CÚCUTA, nosotros como
gerentes de las empresas de transporte que se encuentran habilitadas por el Área Metropolitana de Cúcuta para prestar el servicio de transporte público terrestre automotor individual en vehículos taxi y pertenecientes a la ASOCIACIÓN DE
EMPRESAS DE TRANSPORTE DEL ÁREA METROPOLITANA ASOEMPRESAS, nos permitimos informar a través del presente comunicado dirigido a la opinión publica en general, así como también a todos los entes de control, que ni el doctor MIGUEL ENRIQUE PEÑARANDA CANAL en su condición de Director del Área Metropolitana de Cúcuta, ni a doctora OLGA MARIA FIGUEROA BLANCO, en su condición de Subdirectora de Transporte Público y Valorización de dicha entidad, están exigiendo documentación diferente a la contemplada en el Decreto 172 de 2001, compilado por el Decreto 1079 de 2015, para expedir por primera vez o renovar la tarjeta de operación para prestar el servicio publico en esta modalidad, pues lo que han venido haciendo estos dos funcionarios desde el momento en que tomaron posesión del cargo público que desempeñan, es realizar
todas las actuaciones administrativas y judiciales necesarias para poner en conocimiento a los mismos entes de control de las irregularidades que las administraciones pasadas hicieron en el incremento injustificado del parque automotor que presta el servicio en esta modalidad de transporte.

 

Es por eso, que con el fin de colaborar con el ÁREA METROPOLITANA DE CÚCUTA en su búsqueda de corregir todos estos yerros encontrados, hemos actuado en conjunto y de forma amónica con ellos para buscar aclarar todo esto que nos esta afectando, no solo a los empresarios sino también a los propietarios y conductores de los vehículos, por el sobre cupo de taxis que están prestando el servicio en esta jurisdicción metropolitana, para lo cual, en días pasados en una reunión que sostuvimos todos los actores del transporte público individual junto con la autoridad de transporte, de manera virtual, acordamos que el Área Metropolitana nos solicitaría los documentos de unos vehículos que se encuentran afiliados a cada una de nuestras empresas, dentro de los cuales se encuentran una copia de la resolución por incremento, la copia de la licencia de transito y la copia de la constancia expedida por los funcionarios anteriores de esa misma entidad publica mediante la cual se certificaba el número del censo que le pertenecía a cada vehículo en el parque automotor del Área, documentos estos que eran indispensables para aportarlos como prueba en las acciones judiciales que están adelantando ante las autoridades competentes, dejando claro que estos documentos solicitados jamás fueron exigidos como requisito para expedir por primera vez o renovar la tarjeta de operación, como así lo quieren hacer ver ante la opinión publica unos cuantos que no quieren que la verdad se conozca y torpediar el trabajo que vienen desarrollando tales funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control.


Por lo anterior, aclaramos que el ÁREA METROPOLITANA DE CÚCUTA no está exigiendo documentos diferentes a los contemplados en el Decreto 172 de 2001 compilado por decreto 1070 de 2015, para expedir por primera vez o renovar la tarjeta de operación para prestar el servicio público en esta modalidad. Siendo todas luces falaces tales afirmaciones contenidas en la publicación del diario local

Firmado por:

Javier David Caballero Mantilla

Presidente Asoempresas

 

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